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Honorable Consejo Universitario
Expedir y vigilar el cumplimiento de las normas y disposiciones generales encaminadas a la mejor organización y funcionamiento técnico, docente y administrativo.
- Acrónimo
- HCU
- Tipo de dependencia
- Organismos de gobierno
- Pertenece a
- Honorable Consejo Universitario
- Sede
- Torre de Rectoría
- Dirección
- Av. Pedro de Alba S/N, Torre de Rectoría, Ciudad Universitaria San Nicolás de los Garza 66451, Nuevo León, México.
- Campus
- Campus Ciudad Universitaria
- Teléfono
- (81) 8329 4158 Ext. 5247
- Fax
- (81) 83-29-40-00 Ext. 4158
Funciones
El Consejo Universitario estará integrado por Consejeros Exoficio y Consejeros Electos. Estos cargos serán siempre honorarios.
Serán Consejeros Exoficio: El Rector y los Directores de Facultades y Escuelas. Las Escuelas anexas a las Facultades serán representadas por los Consejeros de éstas.
Serán Consejeros Electos, y durarán en su encargo un año, un representante maestro y un representante alumno de cada una de las Facultades y Escuelas, con sus respectivos suplentes. Estos consejeros podrán ser reelectos.
El Consejo Universitario será presidido por el Rector; el Secretario General de la Universidad será el Secretario del Consejo.
Facultades del H. Consejo Universitario
I. Discutir y aprobar las carreras escolares y los planes y programas de estudio que propongan las Juntas Directivas de las Facultades y Escuelas.
II. Formular el Estatuto General de la Universidad, que comprenderá la organización de la enseñanza por facultades, escuelas, institutos, departamentos y demás dependencias que la integran actualmente y las que se creen en el futuro. Asimismo, acordará su reglamento interior y de gobierno, y todos los ordenamientos necesarios para el buen funcionamiento y la realización de los fines que competen a la Universidad.
III. Nombrar y remover maestros y concederles licencias por más de quince días, a petición de las Juntas Directivas de las Facultades y Escuelas.
IV. Decidir sobre las solicitudes de incorporación de enseñanzas, equivalentes a las que se imparten en la Universidad.
V. Conocer y aprobar el presupuesto general anual de ingresos y egresos de la Universidad, que le presente la Comisión de Hacienda.
VI. Designar a los miembros de la H. Junta de Gobierno, de conformidad con la Ley Orgánica.
VII. Conocer y discutir el informe anual del Rector.
H. Junta de Gobierno
(Ley Orgánica, Artículo 13)
Funciones
I. Designar al Rector de la Universidad.
II. Nombrar a los Directores de Facultades y Escuelas, ternas que le serán presentadas por el Rector, quien las recibirá de las respectivas Juntas Directivas.
III. Conocer de las renuncias del Rector o de los Directores y removerlos por causa grave, a juicio de la propia junta.
IV. Designar a los miembros de la Comisión de Hacienda.
V. Expedir su propio reglamento y, en su caso, modificarlo.
Áreas Dependientes:
- Comisión de Presupuestos
- Comisión Académica
- Comisión de Honor y Justicia
- Comisión Legislativa
- Comisión de Licencias y Nombramientos
- Rectoría
- Honorable Junta de Gobierno