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Inscripción de regularización a Licenciatura
El estudiante que desee regularizar su situación por abandono o suspensión para continuar sus estudios, deberá realizar directamente la preinscripción en la facultad de su elección, dicha preinscripción será validada por la facultad, para posteriormente ser revisados y autorizados por el Departamento Escolar y de Archivo.
Regularización Presencial (abandono, aprobó quinta o sexta oportunidad), deberá cumplir con los requisitos que se indican a continuación:
- Haber realizado la preinscripción en la facultad.
- Una vez aceptado en la facultad, deberá Ingresar en la página https://www.uanl.mx/enlinea, donde deberá colocar su número de matrícula y contraseña, la cual será proporcionada por su facultad.
- Al ingresar, deberá imprimir su recibo de pago de cuotas escolares, expedido por la Tesorería General de la UANL, para el semestre a cursar, así como el formato de inscripción en el cual se indica el día, la hora y la ventanilla a la que deberá acudir en el Departamento Escolar y de Archivo a realizar su inscripción definitiva.
- Efectuar el pago del recibo de cuotas escolares en la institución bancaria indicada por la Tesorería General de la UANL, antes de la fecha de vencimiento.
Presentarse en la División de Inscripciones y Credencialización del Departamento Escolar y de Archivo, instalada en la planta baja, ala sur del edificio anexo a la Torre de Rectoría, el día y hora indicada en la ventanilla programada en el formato de inscripción con los siguientes documentos:
- Original y copia de Kárdex de la facultad de procedencia, sellado y certificado.
- Original y copia del recibo de pago de cuotas escolares, sellado por la Tesorería General de la UANL o por el banco.
- Credencial Universitaria o identificación con fotografía.
El Departamento Escolar y de Archivo de la Universidad Autónoma de Nuevo León, se apega a los siguientes artículos de su Reglamento General sobre los Procedimiento de Admisión y Permanencia de los Estudiantes.
CAPÍTULO I
Consideraciones generales
Artículo 5.- Solo el Departamento Escolar y de Archivo podrá otorgar inscripción y matrícula y, por consiguiente, los derechos como estudiante universitario.
Artículo 6.- Ningún aspirante podrá inscribirse a un programa educativo que se ofrece en una escuela o facultad sin haber terminado el nivel educativo anterior, de lo contrario incurriría en violación de ciclos educativos.
Artículo 13.- Si al concluir el período escolar el estudiante inscrito provisionalmente no ha entregado los documentos faltantes, estará impedido para ser promovido como estudiante de reingreso.
Artículo 20.- La Universidad se reserva el derecho de investigar, en cualquier momento, la autenticidad de los documentos presentados para la inscripción. Si se llegase a comprobar la falsedad total o parcial de algún documento, el estudiante quedará definitivamente expulsado de la Universidad.
Ubicación
División de Inscripciones y Credencialización
Planta baja, Ala sur de la Torre de Rectoría, Ciudad Universitaria
Responsable: Dirección del Departamento de Escolar y de Archivo